Castiliscar: LA ENCOMIENDA DE CASTILISCAR: SUS COMIENZOS

LA ENCOMIENDA DE CASTILISCAR: SUS COMIENZOS

  
    

       La política de intentar implicar a las Ordenes Militares  en la repoblación de espacios todavía sin ocupar en la zona, es algo que se repite con cierta frecuencia.
       Por eso va a ser la donación el lugar de Castiliscar, el hecho que termine de fijar la estructura organizativa de los hospitalarios en la comarca. En 1175 Doña  Jusiana, condesa de Ampurias, cede al Hospital su alodio en Castiliscar con todos sus bienes y derechos, y al año siguiente el castillo con pertenencias y jurisdicción.
Donación de Doña Jusiana, Condesa de Ampurias
da Castiliscar a los Hospitalarios
Existía un castillo (Castel Liscar o Liscare) construido en 1088 como avanzadilla militar de Sos sobre Ejea por el noble Galindo Sánchez , tenente de Sos y Arguedas.

       Con ello los pobladores de Castiliscar pasaban a dependencia señorial, con todas las cargas y servicios que ello implicaba en esta época.
       En 1183 redactan un contrato agrario colectivo para todos aquellos que acudan a establecerse en el lugar. Las condiciones -a pesar del carácter señorial de la Orden- son especialmente ventajosas: ceden todo el lugar reteniendo sólo una viña y la padul, a condición de que por sus tierras los pobladores paguen 6 arrobas de censo, de trigo y ordio a medias.
Contrato Agrario entre   la Orden del Hospital
 y Castiliscar en el año 1183
       El Hospital en ningún caso cede su dominio sobre las tierras, ni concede libertad personal ni franquicia alguna a los campesinos que allí se asienten; retiene para sí una zona que constituya su reserva –padul y una viña- muy exigua ciertamente, pero que implica el establecimiento de toda una infraestructura en la que una parte del señorío sería explotado directamente por población dependiente.. El resto de la propiedad es cedida a los campesinos a cambio de una renta o  censo.,
       Castiliscar se configurará como un señorío eclesiástico de forma definitiva.
       En su desarrollo posterior pesarán tanto las cláusulas  del contrato agrario de 1183 como su ubicación septentrional, que debió ser una de las causas por las que la repoblación de este lugar tardó en arraigar. En esta tardanza se combinan las condiciones geográficas ( situación montañosa, ubicación entre dos poderosos, Sádaba  y Sos , y  las históricas, alejamiento temprano de la frontera y del tráfico de gentes que conlleva)
       La actuación sobre Castiliscar se encuadra dentro de un proceso de acumulación patrimonial llevado a cabo por la orden hospitalaria en la zona y que culmina con la intervención del monarca. Pedro II renuncia a su jurisdicción sobre el lugar en 1201, año en que vende sus derechos reales a los sanjuanistas por  mil mazmutinas, y sanciona y concede franquicia sobre los «escalios» ( tierras roturadas) y compras realizados por los hombres de Castiliscar en tierras de Sos. En 1224 esta Orden redacta una carta para los pobladores asentados en Castiliscar, a los que concede el Fuero de Ejea.
       Aparte de las disposiciones que estas cartas aplican, interesa sobre todo señalar cómo la monarquía ha delegado en manos eclesiásticas -nobiliarias al fin y al cabo- la repoblación de  esta zona. Bien es verdad que  ya se venía produciendo una acumulación patrimonial por parte de las Ordenes Militares.
La comunidad de Castiliscar  debía contar con unos cinco freires durante el s. XII.., y un número indeterminado en el XIII.  Pero además de los freires, dentro de .la comunidad debemos incluir los donados y los «familiares. Existe una cierta abundancia de menciones de gentes que se donan a sí mismos al Hospital, de los que se deduce que pasarían a convivir con la comunidad hospitalaria aunque no como freires.

Bibliografia:
Las Órdenes Militares en la Edad Media
La Orden San Juan en las Cinco Villas
Elena Piedrafita Pérez

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