Castiliscar: LA ENCOMIENDA DE CASTILISCAR: SISTEMAS DE EXPLOTACION

LA ENCOMIENDA DE CASTILISCAR: SISTEMAS DE EXPLOTACION


       El arrendamiento y la cesión a treudo se prefiere a la recepción de servicios, trabajos o pagos en especie, tan devaluados y poco atractivos para unas instituciones asentadas en las ciudades, ubicadas lejos de sus posesiones rurales e implicadas en empresas políticas y militares que exigían fuertes sumas de dinero.
En primer lugar, tendríamos los bienes que se ponían en explotación directa mediante personal propio.
    Respecto al personal adscrito a la tierra o en condiciones de servidumbre, poseemos escasísimos datos que nos confirmen su existencia.  La Orden hospitalaria debió preferir este sistema: la existencia de la encomienda de Castiliscar garantizaba el control de la población dependiente, y constituía un centro hacia el cual canalizar los productos cosechados.
     En esta época se observan dos tipos de personas vinculadas a esta Orden. Por un lado, están aquellos que labran las tierras del Hospital «con sus yugos, su pan y su vino», entendiéndose por esto probablemente que estos cultivadores recibían de la orden sanjuanista los medios los instrumentos de trabajo para explotar las tierras. Otro tipo de personal son los «hombres que retiene allí el Hospital», lo que implica una relación de dependencia más fuerte que la anterior, aunque es muy difícil determinar las condiciones jurídicas en que se encontraban.

    La orden hospitalaria tenía condiciones más propicias para organizar una explotación directa en sus posesiones. El establecimiento y permanencia de la encomienda en Castiliscar garantizaban la cercanía de un centro sanjuanista, alrededor del cual poder gestionar un patrimonio cohesionado internamente.
CONTRATO AGRARIO ENTRE LA ORDEN Y CASTILISCAR
AÑO 1183
    En la carta de población o contrato agrario establecido en 1183 se fijan las condiciones en que se asentarán los futuros pobladores del lugar. En ella quedan patentes unas condiciones que, a pesar de su liberalidad, someten al lugar y sus pobladores a un régimen señorial clásico. No se concede libertad personal ni franquicia alguna a los campesinos que allí se asienten, y el Hospital retiene para su «dominicatura» una zona que, aunque exigua, implica el establecimiento de un sistema de explotación directa por población dependiente. El resto de la propiedades cedida a cambio de una renta o censo, pagado en especie como corresponde aun régimen dominical establecido en una zona de escasas posibilidades. No aparecen ni servicios personales ni de otro tipo. La mención de acequias, molino, y la presumible construcción de un horno, hacen pensar que la población establecida en Castiliscar estuviera también sujeta al pago por el uso de estos servicios, toda vez que en la carta de 1183 no se les exime de ellos taxativamente.
TEXTO DEL CONTRATO AGRARIO DE 1183
    El Hospital de Castiliscar tenía también derechos sobre los montes y pastos de su término: en la avenencia firmada con el concejo de Sos en 1179 el Hospital se apresura a dejar claros estos derechos, en defensa de posibles roturaciones o para conseguir leña o pastos para el ganado.

    En segundo lugar, tendríamos los bienes que se ponían en explotación indirecta.
Gran parte de los bienes adquiridos por las Órdenes Militares provienen de donaciones, a veces muy modestas. Su dispersión explica que la explotación indirecta sea muy habitual entre estas entidades. La imposibilidad de gestionar directamente todos estos pequeños predios y lo oneroso de tal método, obligaba a ceder su posesión estableciendo condiciones de muy diversa índole.
   

Las cesiones temporales se generalizan a partir del siglo XIII. Con ellas, los propietarios se garantizaban la percepción de unas rentas adecuadas a la situación económica de cada época, tan variable ya en esta centuria. En aquellos lugares en los que el movimiento de dinero ha generado ya cierta especulación capitalista, muchos preferían replantear anualmente las condiciones de tenencia de la propiedad. Su inexistencia en la zona refuerza la idea tantas veces señalada de que hacia mediados del siglo XIII esta comarca sufre un estancamiento económico que la lleva a anclarse en fórmulas económicas retardatarias, que perduran incluso entre entidades activas e innovadoras como las Ordenes Militares.




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